NOVEDADES CONVENIO 634/11 SATSAID

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⁄Hola a todxs!

Desde el SATSAID nos llega una información que seguramente sea de interés de muchxs aquí – tanto sean editores como trabajadorxs encuadradxs bajo el convenio SATSAID 634/11 (CAPIT) que afecta a trabajadorxs de productoras.

Luego de mucho trabajo estos últimos meses, desde la Secretaría Gremial del SATSAID junto a la Dirección General de Impuestos y el Ministerio de Trabajo de la Nación, se ha logrado una normativa que permite que determinados conceptos del convenio que rige nuestra relación laboral tengan un tratamiento impositivo más favorable para nuestros ingresos. Mediante el mismo, los siguientes rubros salariales quedarán exceptuados del pago del impuesto a las ganancias.

1.- Prestación de tareas en días sábado o domingo y/o feriados o días no laborables pagos;
2.- Horas nocturnas;
3.- Tareas en los turnos tarde o noche;
4.- Jornada de turnos rotativos;
5.- Antigüedad;
6.- Comisiones y/o incentivos de las áreas comerciales;
7.- Bono por productividad acordado convencionalmente;
8.- Fallo de caja o quebranto de caja;
9.- Asignaciones por relevo de función o cargo, plus remunerativo, adicional mayor responsabilidad, especialización o similar naturaleza;
10.- Adicional por zona o zona desfavorable;
11.- Reintegro por refrigerios/compensación de gastos por traslado y movilidad/plus de exteriores;
12.- Adicionales de merienda y comida;
13.- Pago Ley N° 26.341;
14.- Reemplazo de entrega de indumentaria;
15.- Pago por casamiento, nacimiento y fallecimiento;
16.- Pago por guardería.
17.- Compensación por mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios por teletrabajo. Entendemos que hoy, debido a la modificación implementada por el Ministro Sergio Massa, muchxs trabajadorxs han dejado de estar afectadxs por este impuesto, aunque otrxs, especialmente aquellos que viven en zonas desfavorables por las que perciben un adicional salarial, aun siguen afectados y esta medida les permitirá eximirse y percibir un mayor ingreso. A su vez, también existe una posibilidad de que dicha modificación sea revocada por el gabinete entrante. En ese caso, esta regulación específica protege directamente nuestros ingresos.
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Nos pareció importante comunicar estas novedades para que las tengamos a mano, y para que las comentemos con nuestrxs compañerxs de trabajo, sean o no sean editorxs.

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La documentación que respalda esta medida se encuentra disponible en el anexo.

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Para más información, pueden consultar con lxs delegadxs de su lugar de trabajo. O comunicarse de Lunes a Viernes de 10 a 17 con la Comisión Intermedia del SATSAID al Tel.: 11 5555-3100.

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Para mayor información les dejamos los documentos:
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